Calama, 22 de Septiembre 2009.
Las Organizaciones Indígenas, Sociales, de Agricultores, Turísticas y la cámara de comercio de San pedro de Atacama todas Organizaciones de la Segunda región, de Chile
Los Geiser del Tatio fueron declarados Zona de intereses Turísticos Nacional el 2002 y la propia Municipalidad de Calama acordó la oposición al proyecto, además de Universidades, Centros de Investigación, expertos, gremios y organizaciones que solicitaron al Intendente un pronunciamiento desfavorable sobre el Proyecto.
Hemos solicitado la intervención de autoridades nacionales para poder proteger y salvar los Geiser del Tatio, Carta a la Señora Presidenta de la Republica Michelle Bachelet Jeria , Ministro Secretario General de la Presidencia Viera Gallo , Recurso de Protección contra la decisión de la Corema ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta con la ayuda del Diputado Felipe Word , se solicito la suspensión de la actividad Geotérmica al Ministro de Energía Marcelo Tocman , quien le escribió una carta al Ministro de Minería Santiago González Larrain , del cuál no se tubo pronunciamiento , se solicito la revisión de permisos sectoriales que necesitaba la Geotermia para la exploración y suspensión de faena a la Ilustre Municipalidad de Calama , en forma personal se comunico al Alcalde de Calama Esteban Velásquez en diciembre del 2008 del cual no hubo pronunciamiento, nuevamente carta al Ministro de Energía de Reconsideración de la suspensión de la Geotermia , del cual no hubo pronunciamiento a esta fecha , La Empresa Geotérmica del Norte S.A. fue sancionada en febrero 2009 por la Corema de Antofagasta , esta interpone un recurso jerárquico a la comisión nacional del Medio Ambiente , de la cual aun no tenemos pronunciamiento.
Hemos solicitando también intervención a las Autoridades Internacionales, se solicito una Petición de Medidas Cautelares al Embajador Santiago Cantón de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, también se envió una carta al relator de las Naciones Unidas Janes Anaya, personalmente en Iquique se entrega una carpeta completa con la documentación de los Geiser del Tatio , una Carta con antecedentes al Embajador de Italia Paolo Casardi .
Considerando lo anteriormente expuesto solicitamos:
1. Ayuda Internacional, Científica para determinar la contaminación del Aire y las Aguas Superficiales, Subterráneas, sus Efectos, el daño Medio Ambiental y la Vida Termofilica.
2. Solicitar la Presencia del Relator de las Naciones Unidas Janes Anaya Visita en Terreno.
3. Solicitar la Paralización y el término total de la intervención de los Geiser del Tatio.
Asemos presente que ante las acciones manifestadas hemos sido vulnerados nuestros Derechos Constitucionales, Humanos, Ambientales y espirituales de nuestra cosmovisión Ancestral.
Solicitamos a los Medios de Comunicación Nacional e Internacionales la difusión de este comunicado.
Atentamente.
Amelia Mamani Charcas
Presidenta Comunidad Indígena Sumaj Llajta.
Esteban Araya Toroco
Secretario Asociación de Agricultores de Calama
Luis Jorquera Grin
Director Asociación de Agricultores de Calama
Eduardo Choque Cruz
Red para la Participación Indígena Calama.
Sonia Ramos Chocobar
Presidenta Asociación de Cultores de la Medicina Ancestral Likanantay.
Marcela Cutipa Maldonado
Presidenta de la Asociación de Consumidores de Calama.
Haroldo Horta
Miembro de Atuspa.
Ana Maria Baron
Arqueóloga, Ex Alcaldesa de San Pedro de Atacama.
William Fabre
Presidente de la Cámara de Comercio San Pedro de Atacama.
Mauricio Ccioca
Presidente Asociación Turística y Medio Ambiental Atima.
José Julián Maldonado
Presidente de Atuspa.
INDIGENAS SOBRE LOS GEISERS DEL TATIO
Nos apoyan las siguientes instituciones, organizaciones y personas del mundo:
REDES INTERNACIONALES
Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes OCIM
REDES NACIONALES
Mesa Nacional de Migraciones Chile.
Red para la Participación Indígena
COMUNIDADES Y ASOCIACIONES INDIGENAS
Comunidad Quechua Sumac-Llajta
Comunidad Lickan Antay Kamac-Mayu, hijos de Yalquincha
Comunidad Atacameña San Pedro de Atacama
Asociación Indígena Chunchuri Poniente
Comunidad Indígena de Putre
Asociación de Mujeres Indígenas Inti Panni Puri Pacha Mama
ORGANIZACIONES
Sindicato eventual de Empresas Contratistas de CODELCO
Centro de Investigaciones Migratorias
Asociación de Agricultores El Loa
Junta de Vecinos No 1 de Putre
AMIGOS DEL MUNDO.
De modo intespestivo, sin debate público fue cerrado el plazo de indicaciones al controversial proyecto de reforma constitucional que limita los derechos de los pueblos indígenas. El hecho ocurrió el día martes 1 de septiembre de 2009. El Ejecutivo le asignó suma urgencia a la tramitación.
El proyecto de reforma constitucional no estaba en la orden del día de la sesión plenaria del Senado, sin embargo mediante un oficio del Ejecutivo, se introdujo en la tabla de la sesión. Simultáneamente se adoptó un fulminante acuerdo de comités.
Mediante el acuerdo se abrió un "plazo especial" para realizar indicaciones al proyecto, que iniciaba y terminaba en el mismo dia. De ese modo el Ejecutivo introdujo un nuevo texto que modifica ligeramente la propuesta de reforma constitucional. La maniobra da por cerrada el periodo de indicaciones modificatorias al proyecto.
EL PLAZO PARA INDICACIONES Y EL DEBER DE CONSULTAR
Cabe recordar que el plazo oficial para realizar indicaciones habia vencido el pasado 30 de julio de 2009. Dicho plazo habia sido aprobado por la sala del senado el 7 de abril de 2009, al momento de aprobar la "idea de legislar". La finalidad del plazo- que habia sido revonado en dos ocasiones- era poder dar tiempo para implementar un proceso de consulta a los pueblos indígenas, aplicando el Art. 6 del Convenio 169 de la OIT.
Sin embargo, durante los meses de abril a julio, el senado no realizó ninguna actividad tendiente a dar cumplimiento de su deber de consultar. En su lugarm el Ejecutivo, por medio del ahora renunciado "Comisionado Presidencial" desplegó un proceso de difusión del texto de proyecto de reforma constitucional en las comunidades indígenas, y recabó opiniones y propuestas. A ese singular proceso se le denominó "consulta".
La "consulta del Comisionado" fue impugnada por las organizaciones indígenas por no cumplir con los requisitos esenciales de la institución de la consulta previa, y porque el interlocutor estatal debe ser el Congreso y no un organismo de la Administración.
LA CONSULTA DEL COMISIONADO: IRREGULAR E IRRELEVANTE
Los resultados de esa "consulta del Comisionado" fueron compilados por el Ejecutivo y enviados a la Comisión de Constitución del Senado, para que los tuviese en cuenta al momento de retomar el estudio del proyecto de reforma.
La Comisión de Constitución del Senado tenía programada una sesión para el dia miércoles 2 de septiembre, con el fin de continuar el estudio del proyecto. Sin embargo, todo ello quedó superado con el acuerdo adoptado el día 1 de septiembre de 2009.
En la práctica, el Senado no sólo no dió cumplimiento al deber de consultar a los pueblos indígenas, y el Ejecutivo tampoco tomó en cuenta los resultados de la "consulta del Comisionado". Se confirmaron asi las críticas que se habian formulado a ese irregular proceso, el cual habia sido calificado por diversas organizaciones indígenas como una medida distractora e inconducente.
La nueva indicación ingresada por el Ejecutivo es el mismo texto presentado el 7 de abril de 2009, y al cual ahora se le agregan algunos cambios de redacción, que en caso alguno pueden presentarse como resultado de la "consulta del Comisionado"
TEXTO DE LA INDICACION DEL EJECUTIVO
Indicación ingresada el 1 de septiembre de 2009
“1) Reemplázase el artículo 4°, por el siguiente:
“Artículo 4°.- El Estado reconoce la existencia de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de éstos a conservar, fortalecer y desarrollar su identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones y a participar en la vida económica, social, política y cultural del país en la forma que establece el orden jurídico nacional, derecho que será ejercido por las comunidades, organizaciones e integrantes de dichos pueblos.
Los pueblos indígenas podrán organizar su vida de acuerdo a sus costumbres, en conformidad a la Constitución y las leyes.”.”.
EFECTOS ADVERSOS DE UNA REFORMA INCONSULTA
El nuevo texto mantienen inalterado los principales efectos adversos de esta reforma:
- Se desconoce la pre-existencia de los pueblos indígenas como sujetos colectivos anteriores al estado.
- Se desconocen los estándares internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas, y el Convenio 169 de la OIT, reduciendo los derechos de los indígenas a un corto catálogo cultural y social, supeditado a lo que esté establecido en el ordenamiento jurídico chileno.
- Se niega tácitamente la condición de los pueblos indígenas como entes capaces de ejercer sus derechos colectivos, reduciendo el ejercicio de derechos solo a los individuos indígenas y a las comunidades, organizaciones indigenas constituidas según la legislación chilena.
- Se introduce una completa subordinación, de la vida de los pueblos indígenas, a las normas chilenas.
toda la informacion pertenece a www.centrodepolitcaspublicas.net
SUMA URGENCIA. Senado aprobó reforma constitucional que mutila derechos de los pueblos indígenas. Sinistra operación política de Viera Gallo
A espaldas de los pueblos indígenas e ingresando una indicación fuera de Tabla y sin votación, el dia 1 de septiembre a las 18 hrs, en un "acuerdo de comités", acto propio de bandas mafiosas, los comités del Senado aprobaron "reconocimiento constitucional" que mutila los derechos de los pueblos indígenas. Nuevo texto propuesto por el Ejecutivo niega condición de los pueblos como sujetos de derechos.
El proyecto pasó a segundo trámite, a la Cámara de Diputados.
Senado y Viera Gallo le dan una bofetada a los pueblos indígenas. Dan muestra de su ceguera y menosprecio por los derechos humanos, violando escandalosamente el Convenio 169.
UNA OPERACION MAFIOSA
A las 16: 00 hrs del Lunes 1 de Septiembre de 2009 el Gobierno por intermedio del Ministro Viera Gallo ingresó el Mensaje 41, que "hace presente la urgencia, calificada de “suma” respecto de las siguientes iniciativas:
"Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Allamand, Cantero, Espina, García y Romero, que reconoce el aporte de los pueblos originarios a la conformación de la nación chilena y proyecto de reforma constitucional que reconoce a los pueblos indígenas de Chile (Boletines números 5.324-07 y 5.522-07, refundidos)."
Los comités del senado tomaron de inmediato el acuerdo de "ampliar" el plazo de indicaciones al proyecto de reforma... hasta las 18 horas del mismo dia mismo dia 1 de septiembre.
Y los mismos comités procedieron a aprobar el proyecto con la Nación única e indivisble con la siguiente
INDICACION De S.E. la Presidenta de la República:
“1) Reemplázase el artículo 4°, por el siguiente:
“Artículo 4°.- El Estado reconoce la existencia de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de éstos a conservar, fortalecer y desarrollar su identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones y a participar en la vida económica, social, política y cultural del país en la forma que establece el orden jurídico nacional, derecho que será ejercido por las comunidades, organizaciones e integrantes de dichos pueblos.
Los pueblos indígenas podrán organizar su vida de acuerdo a sus costumbres, en conformidad a la Constitución y las leyes.”.”.
EL CANDADO CONSTITUCIONAL. NEGAR A LOS PUEBLOS COMO SUJETOS DE DERECHOS
Junto con aprobar sin cambios la frase fascista de la "Nacion Unica e Indivible", la nueva redaccion reitera que los pueblos indígenas NO ejercen derechos. No son sujetos colectivos capaces.
El "reconocimiento" que se anuncia en la primera frase es un simulacro, que se niega en la frase que dice que solo las comunidades, organizaciones e individuos indígenas podrian ejercer derechos.
Y siempre y cuando sea en el marco de hierro de la Constitucion chilena...que niega derechos.
SUMA URGENCIA
El proyecto inconsulto y racista ya pasó a la Cámara de Diputados
El Gobierno le ha asignado suma urgencia a la tramitación.
Suma urgencia = 3 dias.
¿Esa es la voluntad de diálogo y de cumplir con el Convenio 169 de la OIT?
¿Para eso viaja la comitiva de ministros?
texto que entrego mapuexpress.net
que si informan de verdad
¿Cuáles son las funciones y atribuciones de la CIDH?
La Comisión tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos, y en el ejercicio de su mandato:
a) Recibe, analiza e investiga peticiones individuales que alegan violaciones de los derechos humanos, según lo dispuesto en los artículos 44 al 51 de la Convención.
b) Observa la vigencia general de los derechos humanos en los Estados miembros, y cuando lo considera conveniente publica informes especiales sobre la situación en un estado en particular.
c) Realiza visitas in loco a los países para profundizar la observación general de la situación, y/o para investigar una situación particular. Generalmente, esas visitas resultan en la preparación de un informe respectivo, que se publica y es enviado a la Asamblea General.
d) Estimula la conciencia de los derechos humanos en los países de América. Para ello entre otros, realiza y publica estudios sobre temas específicos. Así por ejemplo sobre: medidas para asegurar mayor independencia del poder judicial; actividades de grupos irregulares armados; la situación de derechos humanos de los menores, de las mujeres, de los pueblos indígenas.
e) Realiza y participa en conferencias y reuniones de distinto tipo con representantes de gobiernos, académicos, grupos no gubernamentales, etc... para difundir y analizar temas relacionados con el sistema interamericano de los derechos humanos.
f) Hace recomendaciones a los Estados miembros de la OEA sobre la adopción de medidas para contribuir a promover y garantizar los derechos humanos.
g) Requiere a los Estados que tomen "medidas cautelares" específicas para evitar daños graves e irreparables a los derechos humanos en casos urgentes. Puede también solicitar que la Corte Interamericana requiera "medidas provisionales" de los Gobiernos en casos urgentes de peligro a personas, aún cuando el caso no haya sido sometido todavía a la Corte.
h) Somete casos a la jurisdicción de la Corte Interamericana y actúa frente a la Corte en dichos litigios.
i) Solicita "Opiniones Consultivas" a la Corte Interamericana sobre aspectos de interpretación de la Convención Americana.
por qué podemos apelar a los derechos humanos???
es evidente, la destruccion del tatio no solo implica la perdida de un lugar maravilloso, sino que tambien es una falta de respeto a los pueblos indigenas que han vivido por siglos en esos territorios y porque finalmente la destruccion del tatio implica la desaparicion de los pueblos aledaños que son parte de la historia de nuestro pais
no podemos perder las esperanzas!!! nada se pierde colaborar
es mejor llorar por luchar y haber sido derrotado, que llorar por no haber hecho nada